La Autoridad Tributaria portuguesa (AT) ha emitido recientemente directrices detalladas sobre la aplicación de la retención en origen en el marco del régimen IRS Jovem (IRPF Joven). Estas directrices tienen como objetivo aclarar los procedimientos correctos para que empleadores y jóvenes trabajadores puedan beneficiarse de las exenciones fiscales previstas.
Aplicación de la Retención en Origen en el IRS Joven
Según las orientaciones de la AT, la retención en origen debe aplicarse únicamente sobre la parte del ingreso que no esté exenta. Por ejemplo, un joven con un salario mensual de 1.800 € que se beneficie de una exención del 75 % (1.350 €) estará sujeto a retención solo sobre los 450 € restantes. Con un tipo efectivo del 14,56 %, la retención será de 65,52 €, en comparación con los 262,01 € que se retendrían sin la aplicación del régimen IRS Joven.
Procedimientos para Beneficiarse del Régimen
Para que se aplique la reducción en la retención en origen, los jóvenes trabajadores deben comunicar formalmente a su empleador su intención de adherirse al régimen IRS Joven. Esta comunicación puede realizarse en cualquier momento del año, y la reducción se aplicará a los ingresos pagados a partir de la fecha de la solicitud.
Importancia de una Comunicación Oportuna
Es fundamental que los jóvenes elegibles informen a sus empleadores sobre su adhesión al régimen IRS Joven, para que las retenciones se ajusten correctamente. Sin esta comunicación, la retención se efectuará de forma tradicional, lo que podría traducirse en reembolsos más altos al realizar la declaración anual del IRPF, pero también en una reducción del ingreso neto mensual disponible.
Para más información y acceso al oficio circular preparado por la AT, los interesados pueden consultar el Portal de Finanzas.
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