Formación de la empresa

¿Cómo abrir una empresa en Portugal?

En Portugal, la constitución de una sociedad mercantil está sujeta a tres acciones principales: la elección del nombre de la sociedad, la redacción de los estatutos sociales y la constitución de la sociedad y el registro en el Registro Mercantil.

El nivel de complejidad depende del tipo de empresa que elija constituir, existiendo tres categorías principales de empresas en Portugal: El sistema legal portugués prevé diferentes posibilidades: el procedimiento normal o tradicional, el procedimiento denominado «Empresa na Hora» (en portugués: Empresa na Hora) y el procedimiento en línea.

REQUISITOS Y HORARIOS

El nombre de la empresa debe ser aprobado por el Registro Nacional de Personas Jurídicas (RNPC) o seleccionado de una lista de nombres preaprobados. La aprobación de un nombre específico puede tardar hasta ocho días hábiles, mientras que los nombres preaprobados entran en vigor de inmediato.
Se deberán redactar los estatutos y la escritura de constitución, estableciendo las principales normas relativas al funcionamiento de la sociedad una vez constituida. La aprobación de los estatutos y de la escritura de constitución depende exclusivamente del acuerdo de accionistas.
En las sociedades por acciones, antes de la aprobación de los estatutos, los accionistas deben declarar que ya han depositado sus respectivas acciones de capital en una cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad (en las sociedades por acciones, los socios están actualmente autorizados a aplazar el pago del capital social hasta el final del primer año).

Una vez cumplidos los pasos anteriores, se debe presentar la constitución para su registro ante la Junta Comercial, junto con la identificación de los beneficiarios reales de la empresa (declaración UBO). El registro demora un máximo de 15 días hábiles.
El procedimiento urgente funciona de manera similar al procedimiento tradicional, excepto que la aprobación del nombre se puede completar dentro de las 24 horas y el registro dentro de las 48 horas.

TARIFAS GUBERNAMENTALES

El coste de constituir una empresa mediante el método tradicional es de 75 € para la aprobación del nombre (no aplicable si se opta por un nombre preaprobado) y 447,50 € para el registro de la empresa (si la solicitud de registro se realiza en línea el costo es de 360 ​​€ o 220 € si la empresa utiliza los estatutos estándar proporcionados por el registro).

Se duplicarán las tasas gubernamentales para procedimientos urgentes.

Mediante el procedimiento Firma na Hora, es posible – en un período muy corto de tiempo (24 horas) y en un solo lugar – constituir una Sociedad Anónima (Lda.), ya sea con socios únicos o múltiples, o una Sociedad Anónima por acciones (S.A.), siguiendo un procedimiento muy sencillo. Sin embargo, según este procedimiento, la personalización es limitada.

REQUISITOS Y HORARIOS

La razón social debe ser aprobada por el Registro Nacional de Personas Jurídicas (RNPC) o elegirse de una lista de nombres preaprobados (lista que está disponible en línea y en los mostradores de Firma Presencial). La aprobación de un nombre específico demora un máximo de 8 días hábiles, mientras que los nombres preaprobados entran en vigencia de inmediato.
Debe seleccionar uno de los proyectos estándar de escritura de constitución preaprobados, también disponibles en el sitio web de “Empresa na Hora” y en los mostradores de Firma Presencial.
También existe la posibilidad de adoptar una marca preaprobada, asociada a la denominación social de la empresa o independiente de ella, durante el proceso de constitución. La marca se elige de una lista registrada a nombre del Estado. Estas marcas tienen una validez de 10 años, renovables, y aunque sólo están protegidas en Portugal, se puede solicitar una extensión europea o internacional en el Instituto Portugués de Propiedad Industrial (INPI). Aquí también se registran nuevas marcas y patentes.

Los socios/accionistas reciben inmediatamente una copia certificada de los estatutos de la empresa, la clave de acceso a la declaración permanente de la empresa (válida por tres meses), la clave de acceso a la cédula de identificación digital de la empresa y el número de seguridad social de la empresa.

TARIFAS GUBERNAMENTALES

Los costes dependen de si los socios eligen un nombre comercial concreto (435 €) u optan por uno preaprobado (300 € para empresas de TI o I+D; 360 € para otras áreas de negocio).

INDIVIDUOS

Registro de Contribuyente Individual (CPF):
Los accionistas no residentes en Portugal deberán obtener un NIF a efectos fiscales. Para los residentes de la UE, Noruega, Liechtenstein e Islandia, los TIN se pueden obtener directamente de la Autoridad Fiscal. Si el accionista no puede estar presente o no es residente en la UE, Islandia, Liechtenstein o Noruega, deberá designar a un residente fiscal portugués como representante fiscal para gestionar los asuntos ante las autoridades fiscales.

Documento de identidad o permiso de residencia.

ENTIDADES JURÍDICAS

Registro de Persona Física de la empresa y cédula de identidad de la empresa o clave de acceso a la cédula de identidad digital de la empresa.
Documentos de identificación y Números de Identificación Fiscal de los representantes legales.
Extracto reciente del Registro Mercantil.
Copia de la Escritura de Constitución o Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, expedida por la Junta de Comercio, en la que se indique que la sociedad puede intervenir en la constitución de otra.
Acta que contenga la decisión de la Asamblea General de otorgar facultades para constituir otras sociedades (esto puede no ser necesario si así está previsto en los Estatutos de la sociedad).

ENTIDADES JURÍDICAS EXTRANJERAS

Documento que acredite la existencia legal de la empresa en el país de constitución.
Memorándum y Estatutos de la empresa.
Acta que contenga la decisión de la Asamblea General de otorgar facultades para constituir otras sociedades (esto puede no ser necesario si así está previsto en los Estatutos de la sociedad).
Identificación de los representantes legales de la empresa, incluidos los números de identificación fiscal.
Los documentos expedidos en idioma extranjero deberán estar traducidos (excepto cuando estén en portugués, inglés, francés o español).
Los documentos expedidos en país extranjero deben estar apostillados o legalizados.

En ventanilla “Empresa na Hora” y online sólo se pueden constituir tres tipos de empresas:

Sociedad Unipessoal (Unipessoal Lda)

La sociedad tiene un único socio/accionista, con responsabilidad limitada al valor de su acción. Se debe nombrar un revisor fiscal.

Sociedad Anónima (LLC – Lda)

La empresa tiene al menos dos socios, y la responsabilidad se limita al valor de la participación de cada socio. El capital social mínimo es de R$ 1 por socio. Se debe nombrar un revisor fiscal.

Sociedad Anônima por Ações (PLC – S.A.)

La empresa tiene un mínimo de cinco accionistas individuales (o, alternativamente, un accionista persona jurídica). El capital social mínimo es de 50.000 euros y cada acción se emite por un valor mínimo de 0,01 euros. La responsabilidad del accionista se limita al valor total de sus acciones. Además del auditor legal, deberá nombrarse un auditor oficial.

Capital social

El capital social representa la suma total de las acciones en poder de los socios o accionistas. El capital social puede ser pagado en especie (bienes corporales o intangibles, muebles o inmuebles), parcial o totalmente.

Lugar de actividad registrado

Incluso si la empresa no necesita una oficina, debe registrarse un establecimiento, convirtiéndose en la dirección de recepción de toda la correspondencia oficial (en particular, de la Autoridad Tributaria, de la Seguridad Social).

Objeto de la Sociedad (objetivo comercial)

El objeto de la empresa está asociado a un código CAE (clasificación de actividad económica, equivalente a NACE – Nomenclature Générale des Activités Économiques dans les Communautés Européennes), que identifica su área de actividad. Cada empresa quedará registrada con un código principal y hasta tres códigos secundarios.

Nombramiento de Revisor Fiscal

El revisor fiscal designado no necesitará asistir a la constitución de la sociedad, debiendo únicamente presentar su nombre, número de identificación fiscal, domicilio profesional y número de registro en el Colegio de Contadores Públicos.

Declaración de Inicio de Actividad Empresarial

Una vez constituida la empresa, la Declaración de Inicio de Actividad, debidamente cumplimentada y firmada por el interventor oficial, podrá entregarse en el mostrador de “Empresa na Hora” o dentro de los 15 días siguientes en cualquier oficina tributaria o en la página web de la Renta Federal.

Depósito de capital social

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la constitución, los socios/accionistas deberán depositar el capital social en un banco, a nombre de la empresa. Este plazo podrá ampliarse hasta el final del primer ejercicio social en el caso de Sociedades Unipersonales y Sociedades de Responsabilidad Limitada.

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